Nuevas convocatorias de ayudas para pymes minoristas y autónomos de Andalucía
Im3dia Comunicación te aconsejará sobre como llevar a cabo todos los trámites necesarios para conseguir tu ayuda de hasta el 100% de la inversión y con un máximo de 6.000 €, seas comercio minorista o autónomo.
A continuación te presentamos un resumen de estas nuevas convocatorias de subvenciones, pero te dejamos también el enlace directo a las convocatorias de las mismas publicadas en el BOJA. También te dejamos el acceso a las órdenes de las Ayudas.
SUBVENCIÓN PARA COMERCIO MINORISTA:
SUBVENCIÓN PARA AUTÓNOMOS:
Si eres autónomo y no perteneces a la categoría de comercio minorista, desliza hasta la sección dedicada a las ayudas específicas para ti
Las subvenciones destinadas a la modernización y mejora de la competitividad y a promover el relevo generacional de las PYMES comerciales y Artesanas de Andalucía son una iniciativa de la Junta de Andalucía dentro de los Planes Integrales de Fomento del Comercio Interior y de la Artesanía en Andalucía 2019-2022
Su objetivo es impulsar la modernización de las pequeñas empresas comerciales y artesanas de Andalucía mediante la incorporación de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC), la incorporación al comercio electrónico y la modernización de su imagen e infraestructura para hacer frente al proceso de desconfinamiento del Covid-19.
Dentro de los proyectos subvencionables, en Im3dia Comunicación podremos ayudarte con los referentes a la línea de modernización digital. Accederás a ayudas para:
- Creación y diseño de sitios webs y aplicaciones móviles con información corporativa.
- Diseño a medida e implantación de una tienda on-line.
- Adaptación del sitio web del establecimiento comercial a los dispositivos móviles.
- Implantación de cualquier herramienta o complemento de comercio electrónico que permita avanzar al establecimiento hacia la experiencia omnicanal del cliente.
- Actuaciones de comunicación, publicidad y marketing en Internet (SEM, SEO y campañas de email marketing).
- Contratación de una empresa como Im3dia Comunicación para la gestión de las redes sociales.
- Programas de gestión, contabilidad, facturación, relaciones con clientes y proveedores, gestión de almacén, automatización de ventas, u otros similares.
- Terminal punto de venta (TPV), sistemas de codificación y lectura óptica de productos, implantación de etiquetas electrónicas y similares.
- Software para la implementación de gestión de las relaciones con clientes (CRM), u otras actuaciones de fidelización de clientes.
- Cualquier otra solución digital que introduzca mejoras en el sistema de gestión y/o comercialización, o permita avanzar al establecimiento hacia la experiencia omnicanal del cliente.
Las ayudas son de hasta el 100% de la inversión (IVA excluido), con un máximo de 6.000 € por cada establecimiento que posea la empresa y sin sobrepasar los 15.000 € cuando el proyecto se desarrolle en varios establecimientos. La inversión mínima a realizar para que el proyecto se considere subvencionable asciende a 1.500 € (IVA excluido).
El proyecto puede incluir una o varias de las actuaciones subvencionables.
Se abonará el 100% de la subvención en concepto de anticipo en los supuestos en que el importe de la subvención sea igual o inferior a 6.000 €
En el resto de casos se realizará un anticipo del 50% del importe de la subvención concedida, el resto de la subvención se abonará tras la justificación el proyecto.
No se requieren garantías ni avales para al anticipo del pago.
Todas las tipologías de comercio minorista pueden acceder a las ayudas, a excepción de las pertenecientes a los siguientes grupos de IAE:
- 646 Comercio de tabaco.
- 655 Comercio de combustibles.
- 664 Comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos.
Presentación de solicitudes del 26 de enero de 2022 al 1 de marzo de 2022
Las subvenciones destinadas a la modernización digital y mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de economía social fueron aprobadas el 20 de octubre de 2021 y convocadas el 25 de noviembre de 2021.
Su objetivo es reforzar los pilares económicos de Andalucía, hacer más sólido el tejido empresarial andaluz frente al envite de la crisis económica originada por la pandemia, dar viabilidad a corto, medio y largo plazo a emprendedores, autónomos y pequeños empresarios que, por sus propios medios, no tendrían garantías de supervivencia. Para ello, el Plan se apoya en diez líneas de actuaciones, siendo una de ellas precisamente la línea de digitalización de la actividad económica.
Dentro de los proyectos subvencionables, en Im3dia Comunicación podremos ayudarte con los referentes a la modalidad A, de implantación y desarrollo de soluciones de transformación digital en la gestión empresarial y la modalidad B, de incorporación de estrategias de marketing digital en la actividad de la empresa. Accederás a ayudas para:
MODALIDAD A:
- Adquisición de equipos informáticos o de infraestructura de tecnologías de información y comunicación (en adelante, TIC), cuando resulten necesarios para la instalación de software de gestión empresarial.
- Adquisición de software de gestión empresarial Enterprise Resource Planning (conocido por sus siglas en inglés, ERP), Customer Relationship Management (conocido por sus siglas en inglés, CRM) o similar que reduzca la brecha digital de las personas o entidades solicitantes.
- Adquisición de aplicaciones para el desarrollo e implementación de soluciones de digitalización.
- Costes de consultoría en los que se incurra a propósito de la implantación de las soluciones de digitalización.
- Costes de contratación de servicios “en la nube” para dar soporte al software de gestión empresarial durante el plazo de un año.
- Adquisición de cualquier otra solución digital o nueva tecnología de la robotización que introduzca mejoras en el sistema de gestión y/o comercialización empresarial, así como en los procesos productivos.
MODALIDAD B:
- Gastos profesionales de creación, diseño e implementación de planes y campañas de marketing digital, posicionamiento on line, email, marketing, social media, remarketing, comunicación en redes sociales y publicidad en Internet.
- Costes de consultoría para el análisis de procesos y definición de estrategias digitales, así como la consultoría de implantación.
- Costes de consultoría para la supervisión del cumplimiento de los aspectos legales de la página web tales como la normativa vigente sobre protección de datos, política de cookies, normativa aplicable al comercio electrónico.
- Costes de consultoría relativos a la formación del personal y la migración o carga de los datos significativos para que la página web sea operativa.
- Gastos profesionales de diseño, creación o implantación de páginas web con o sin portal de ventas, y los gastos de proveedores web.
- Costes de contratación de los servicios de proveedores web de plataformas CMS de código abierto y de proveedores de servicios gestionados Managed Servies Provides (conocido por sus siglas en inglés, MSP durante el plazo de un año).
No serán subvencionables, la adquisición de televisores, reproductores de sonido e imagen, teléfonos móviles, tablets, servicio de comunicación personal o personal communications services (conocido por sus siglas en inglés, pcs), o cualquier otro equipamiento informático, que no estén vinculados directamente y de manera indubitada a la correcta instalación y/o funcionamiento del software de gestión empresarial.
Las ayudas son de hasta el 100% de la inversión (IVA excluido), con un máximo de 6.000 € . La inversión mínima a realizar para que el proyecto se considere subvencionable asciende a 1.000 € (IVA excluido).
Si la subvención finalmente concedida es inferior al 100 % del presupuesto aceptado, la persona beneficiaria tendrá que efectuar una aportación de fondos propios por el importe restante del proyecto subvencionado.
Se permite realizar parcialmente el proyecto con un máximo de seis meses anteriores a la publicación del extracto de cada convocatoria, pero han de finalizar en los seis meses posteriores a la publicación del extracto.
Serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que se concedan para la misma finalidad siempre que el importe de estas no supere el importe del gasto subvencionado.